CERTIFICADO RELATIVO A UN DOCUMENTO PÚBLICO O UN ACUERDO EN MATERIA DE DIVORCIO O SEPARACIÓN LEGAL
(Artículo 66, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo (1))
IMPORTANTE
El presente certificado se expedirá, a instancia de parte, únicamente si el Estado miembro que haya facultado a la autoridad pública u otra autoridad para formalizar o registrar el documento público o para registrar el acuerdo tenía competencia con arreglo al capítulo II, sección 1, del Reglamento, según se indica en el punto 2, y el documento público o acuerdo tiene efecto jurídico vinculante en dicho Estado miembro, según se indica en los puntos 7.5 u 8.4.
3. ÓRGANO JURISDICCIONAL O AUTORIDAD COMPETENTE QUE EXPIDE EL CERTIFICADO*
3.3. Teléfono/fax/correo electrónico*