ANEXO III
CERTIFICADO RELATIVO A LAS RESOLUCIONES EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD PARENTAL
(Artículo 36, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo (1))
IMPORTANTE El presente certificado deberá ser expedido a instancia de parte, en relación con una resolución en materia de responsabilidad parental, por el órgano jurisdiccional del Estado miembro de origen comunicado a la Comisión en virtud del artículo 103 del Reglamento.
2.3. Teléfono/fax/correo electrónico*
3. ÓRGANO JURISDICCIONAL QUE DICTÓ LA RESOLUCIÓN (si difiere del anterior)
4. RESOLUCIÓN*