Anexo IV
EXTRACTO DE UN DOCUMENTO PÚBLICO CON FUERZA EJECUTIVA EN MATERIA DE OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS SOMETIDO A UN PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO Y DECLARACIÓN DE EXEQUÁTUR
[artículos 48 y 75, apartado 2 del Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (1)] (1))
[artículos 48 y 75, apartado 2 del Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos [1]]
DO L 7 de 10.1.2009, p. 1. (enlace )
IMPORTANTE
La expedición la realizará la autoridad competente del Estado miembro de origen
La expedición solo tendrá lugar si el documento público tiene fuerza ejecutiva en el Estado miembro de origenSolo se mencionarán los datos indicados en el documento público o de los que tenga conocimiento la autoridad competente
2. Tipo de documento público
2.1.
2.2. Autoridad competente:
2.2.2. Dirección:
(1) DO L 7 de 10.1.2009, p. 1. (*) Si el documento público se refiere a más de tres acreedores o a más de tres deudores, adjuntar una hoja adicional.
2.2.3. Tel./fax/correo electrónico: