Las medidas de protección en materia civil dictadas en un país de la UE se reconocerán en los demás Estados miembros sin necesidad de recurrir a procedimiento alguno.
El Reglamento (UE) n.º 606/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil, se aplica entre todos los países de la Unión Europea, con excepción de Dinamarca.
El Reglamento establece dos formularios normalizados (certificados), que están regulados en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 939/2014 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2014, por el que se establecen los certificados contemplados en los artículos 5 y 14 del Reglamento (UE) n.º 606/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil.
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Más información sobre el reconocimiento mutuo de medidas de protección.
Información sobre las autoridades competentes y las lenguas aceptadas para la traducción.
Presentación de formularios a la autoridad competente
Para presentar formularios cumplimentados, siga las indicaciones de la autoridad competente correspondiente, que pueden consultarse en la sección del Atlas Judicial Europeo En dicha sección se ofrece información sobre los métodos de comunicación aceptados, como la presentación de formularios, y existe una herramienta de búsqueda para ayudarle a encontrar la autoridad a la que se debe enviar el formulario. Además, en esta página se puede consultar información adicional, como datos de contacto y la normativa nacional.
Si desea cumplimentar un formulario en línea, basta con hacer clic en uno de los enlaces que figuran a continuación. También puede recuperar un borrador que haya guardado utilizando el botón «Cargar borrador».
A partir del 1 de enero de 2021, el Reino Unido dejará de ser Estado miembro de la UE. No obstante, en el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes que se hayan iniciado antes del final del período transitorio proseguirán con arreglo a la legislación de la UE. Hasta finales de 2025, el Reino Unido seguirá estando en las opciones de selección de los formularios dinámicos online a efectos de esos procesos y procedimientos. Una excepción a esta norma la constituyen los formularios de documentos públicos, en cuyas opciones de selección no deberá estar el Reino Unido.
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Última actualización : 26/04/2022