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ANEXO I - Extracto de una resolución o transacción judicial en materia de obligación de alimentos no sometido a un procedimiento de reconocimiento y declaración de exequátur

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Anexo I

EXTRACTO DE UNA RESOLUCIÓN O TRANSACCIÓN JUDICIAL EN MATERIA DE OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS NO SOMETIDO A UN PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO Y DECLARACIÓN DE EXEQUÁTUR [artículos 20 y 48 del Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (1)]

EXTRACTO DE UNA RESOLUCIÓN O TRANSACCIÓN JUDICIAL EN MATERIA DE OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS NO SOMETIDO A UN PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO Y DECLARACIÓN DE EXEQUÁTUR [artículos 20 y 48 del Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos [1]]

[artículos 20 y 48 del Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos [1]]

DO L 7 de 10.1.2009, p. 1. (enlace )

IMPORTANTE

La expedición la realizará el órgano jurisdiccional de origen 

La expedición solo tendrá lugar si la resolución o transacción judicial tiene fuerza ejecutiva en el Estado miembro de origen 

Solo se mencionarán los datos indicados en la resolución o transacción judicial o de los que tenga conocimiento el órgano jurisdiccional de origen


 

1. Naturaleza del acto

1. Naturaleza del acto

La resolución/transacción judicial está reconocida y tiene carácter ejecutivo en otro Estado miembro sin que sea posible oponerse a su reconocimiento y sin que sea necesaria una declaración de exequátur [artículos 17 y 48 del Reglamento (CE) no 4/2009].

2. Órgano jurisdiccional de origen

2.2. Dirección

2.2.3. Estado miembro:

2.3. Tel./fax/correo electrónico:

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