ANEXO VIII
Transmisión de una decisión sobre un recurso en el Estado miembro de ejecución
[artículo 36, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 655/2014 del Parlamento europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se establece un procedimiento relativo a la orden europea de retención de cuentas para simplificar el cobro transfronterizo de deudas en materia civil y mercantil]
Códigos de paísesAl rellenar el presente formulario, deberá utilizar los siguientes códigos correspondientes a los Estados miembros:
1. Orden europea de retención de cuentas («orden de retención»):
2. Órgano jurisdiccional que dictó la orden de retención
2.2. Dirección