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Formularios para la obligación de alimentos

 

El Reglamento (CE) n.º 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, sobre las obligaciones de alimentos, tiene por finalidad garantizar el cobro rápido y efectivo de las pensiones alimenticias

El Reglamento establece nueve formularios normalizados para facilitar la comunicación entre las autoridades centrales y presentar las solicitudes por vía electrónica.

El Reglamento se aplica en todos los Estados miembros de la Unión Europea.

Dinamarca confirmó que iba a aplicar el contenido de dicho Reglamento, en los aspectos en que modifica al Reglamento (CE) n.º 44/2001, mediante una declaración basada en un acuerdo paralelo celebrado con la Comunidad Europea.

Dinamarca no está vinculada por el Protocolo de La Haya de 2007.

Presentación de formularios a la autoridad competente

Para presentar formularios cumplimentados, siga las indicaciones de la autoridad competente correspondiente, que pueden consultarse en la sección del  Atlas Judicial Europeo . En dicha sección se ofrece información sobre los métodos de comunicación aceptados, como la presentación de formularios, y existe una herramienta de búsqueda para ayudarle a encontrar la autoridad a la que se debe enviar el formulario. Además, en esta página se puede consultar información adicional, como datos de contacto y la normativa nacional. 

Nueve formularios normalizados

Además de los nueve formularios normalizados, la Red Judicial Europea en materia civil y mercantil elaboró un formulario normalizado no obligatorio para declarar el estado de los atrasos en el pago de las obligaciones alimenticias. El objetivo de este formulario adicional es facilitar la aplicación práctica del Reglamento sobre obligaciones de alimentos y el ejercicio efectivo de los derechos de los ciudadanos en toda la UE.

La Red Judicial Europea en materia civil y mercantil ha elaborado una Guía de uso de los anexos del Reglamento en materia de obligaciones de alimentos, que está disponible en veintitrés lenguas.

Si desea cumplimentar un formulario en línea, basta con hacer clic en uno de los enlaces que figuran a continuación. También puede recuperar un borrador que haya guardado utilizando el botón «Cargar borrador».

A partir del 1 de enero de 2021, el Reino Unido dejará de ser Estado miembro de la UE. No obstante, en el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes que se hayan iniciado antes del final del período transitorio proseguirán con arreglo a la legislación de la UE. Hasta finales de 2024, el Reino Unido seguirá estando en las opciones de selección de los formularios dinámicos online a efectos de esos procesos y procedimientos. Una excepción a esta norma la constituyen los formularios de documentos públicos, en cuyas opciones de selección no deberá estar el Reino Unido.

Por favor, tenga en cuenta que si transcurren más de 30 minutos de inactividad, toda la información introducida se perderá a menos que guarde un borrador