Información sobre los Estados miembros y formularios en línea relativos al Reglamento n.º 805/2004.
El reglamento 805/2004 se aplica entre todos los Estados miembros de la Unión Europea, excepto Dinamarca.
El reglamento suprime, siempre que se cumplan determinadas condiciones, todos los trámites intermedios en el Estado miembro en el que se pretende la ejecución, que hasta ahora han sido necesarios para resoluciones dictadas en otro Estado miembro en ausencia comprobable de un litigio respecto a la naturaleza o al alcance de una deuda. Dichas condiciones afectan principalmente a la entrega de documentos en el caso de sentencias en rebeldía. La eliminación del procedimiento de exequátur permitirá a los acreedores obtener una ejecución rápida y eficiente en el extranjero sin que tengan que realizar los tribunales del Estado miembro en el que se exija la ejecución formalidades excesivamente largas y costosas.
El reglamento establece seis tipos de formularios.
Presentación de formularios a la autoridad competente
Para presentar formularios cumplimentados, siga las indicaciones de la autoridad competente correspondiente, que pueden consultarse en la sección del Atlas Judicial Europeo En dicha sección se ofrece información sobre los métodos de comunicación aceptados, como la presentación de formularios, y existe una herramienta de búsqueda para ayudarle a encontrar la autoridad a la que se debe enviar el formulario. Además, en esta página se puede consultar información adicional, como datos de contacto y la normativa nacional.
Información complementaria: Título ejecutivo europeo
Si desea cumplimentar un formulario en línea, basta con hacer clic en uno de los enlaces que figuran a continuación. También puede recuperar un borrador que haya guardado utilizando el botón «Cargar borrador».
A partir del 1 de enero de 2021, el Reino Unido dejará de ser Estado miembro de la UE. No obstante, en el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes que se hayan iniciado antes del final del período transitorio proseguirán con arreglo a la legislación de la UE. Hasta finales de 2025, el Reino Unido seguirá estando en las opciones de selección de los formularios dinámicos online a efectos de esos procesos y procedimientos. Una excepción a esta norma la constituyen los formularios de documentos públicos, en cuyas opciones de selección no deberá estar el Reino Unido.
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Última actualización : 25/03/2022